Derecho de retracto y desistimiento

DERECHO DE RETRACTO Y DESISTIMIENTO:

De acuerdo con la Resolución 1375 de 2015 emitida por la Aerocivil, es posible para el cliente solicitar el retracto o desistimiento respecto del tiquete aéreo. Aplican las condiciones y las retenciones, establecidas en la mencionada Resolución.

Retracto: Tratándose de ventas por medios no tradicionales, el pasajero podrá retractarse de la venta del tiquete aéreo siempre y cuando lo haga dentro de las 48 horas corrientes y que medie un plazo mayor a 8 días calendario en el caso de vuelos nacionales o 15 días calendario en el caso de vuelos internacionales, anteriores al vuelo.

Desistimiento: El cliente podrá desistir del tiquete aéreo siempre y cuando la tarifa adquirida no sea promocional y solicite este derecho hasta 24 horas antes del primer vuelo de su itinerario.

En caso de retracto se adelantará el trámite de reembolso ante la Aerolínea o proveedor.

Se aplican las penalidades y descuentos establecidos por la Aerolínea o proveedor.

La Tasa administrativa no es reembolsable.

Con relación a la porción terrestre (alojamiento, alquiler de vehículos, traslados, entre otros), aplica el derecho de retracto contemplado en la Ley 1480 de 2011.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *